El avance acelerado de la Inteligencia Artificial (IA) generativa, como los Modelos de Lenguaje (LLM), tiene el potencial de transformar radicalmente los modelos productivos y sociales vigentes, tal como lo hicieron las grandes revoluciones industriales. No obstante, a diferencia de oleadas previas de mecanización que reemplazaron tareas físicas de baja calificación, la IA impacta en habilidades intelectuales y en ocupaciones más calificadas, como profesionales, técnicos y empleados de oficina.
La IA, al estar programada y utilizada dentro de la lógica empresarial, no es una herramienta neutral. Por el contrario, representa un grave riesgo social que atenta contra la dignidad humana, la subsistencia y las libertades del trabajador, especialmente si profundiza la precarización y la desigualdad. Si bien puede favorecer en algunas áreas el trabajo colectivo, y hacer que ciertas tareas sean incluso más productivas y eficientes, aun considero que falta mucho para que se amalgame de una manera segura, o lo más segura posible, al mundo laboral. Este análisis busca identificar los vacíos normativos en la legislación argentina que dejan al trabajador vulnerable ante la supervisión algorítmica y proponer soluciones jurídicas que protejan el vínculo laboral.
Si bien la IA no está regulada de manera específica e integral en la Argentina, la problemática está en la agenda. Existen al menos una decena de proyectos de ley en el Congreso, que buscan establecer un marco ético, clasificar riesgos o modificar leyes existentes. A nivel nacional, hay regulaciones particulares mediante resoluciones y disposiciones, centradas principalmente en la transparencia y protección de datos en el sector público.

La falta de normas que brinden protección frente a la IA
El principal desafío en Argentina es que las herramientas legales existentes resultan insuficientes para abordar la complejidad de la IA, lo cual nos obliga a un ejercicio de adaptación y, sobre todo, a la identificación de vacíos.
Nuestra Ley de contrato de Trabajo está diseñada sobre el concepto clásico de la dependencia jurídica (subordinación, dirección y control) y la estabilidad relativa. La IA pone en crisis estas bases:
El despido por justa causa debe basarse en una injuria grave, ser comunicado de forma escrita, clara y precisa, y seguir los principios de proporcionalidad, inmediatez y oportunidad, apelando siempre a la razonabilidad y al principio de conservación del contrato. Si la causa del despido se basa únicamente en una métrica o decisión algorítmica, el trabajador queda reducido a una “métrica sin derecho a réplica”. El derecho actual es frágil si la decisión se toma de manera automatizada y no se puede probar que hubo una intervención humana reflexiva que considerara la trayectoria del trabajador.
La IA, especialmente en plataformas digitales, fragmenta el trabajo, complicando la aplicación de conceptos tradicionales como la jornada y el salario. Por ejemplo, en el trabajo de reparto, el tiempo de logueo no es remunerado, lo cual vulnera el deber de ocupación del empleador (art. 78 LCT) y el derecho a percibir remuneración por la mera disponibilidad.
Rol de la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 25.326)
La Ley 25.326 es el instrumento jurídico clave para defender los derechos fundamentales ante la IA. No obstante, la supervisión de desempeño por sistemas de IA colisiona directamente con el derecho a la intimidad y la identidad del trabajador. La tecnología permite la hipervigilancia, monitoreando constantemente la conducta, geolocalización o rendimiento, lo que requiere limitar legalmente la recolección de datos y defender la propiedad privada del individuo sobre su información. La legislación actual no aborda la creación de perfiles laborales digitales ni los sistemas de puntuación social, lo cual es un grave vacío legal, ya que estos sistemas pueden llevar a decisiones que afectan los derechos jurídicos de la persona (como asignación de tareas, promociones o despidos).
“IMPACTO SOCIOLÓGICO Y ÉTICO – AMENAZA A LA DIGNIDAD Y A LA SUBSISTENCIA“
La IA impacta profundamente en la dimensión humana del trabajo, generando consecuencias psicológicas y exacerbando riesgos sociales.
Deshumanización, estrés y pérdida de autonomía – La IA transforma el poder de dirección y control del empleador, volviéndolo despersonalizado y automatizado. La monitorización constante del rendimiento, a través de métricas y calificaciones del cliente o de la plataforma, reduce al trabajador a una “métrica sin derecho a réplica”. Esto genera estrés laboral y erosiona la capacidad psicosocial.
El control intensivo produce una pérdida de autonomía esencial en el proceso de trabajo, afectando la identidad profesional y el sentido de pertenencia laboral. Esta dinámica se hace especialmente evidente en las plataformas de reparto, donde la necesidad de trabajar jornadas completas para alcanzar salarios básicos refuerza una dependencia, desdibujando los límites del trabajo en relación de dependencia y la autonomía laboral.
Discriminación algorítmica y sesgos – La crítica a la no neutralidad de la IA se concreta en el riesgo de discriminación algorítmica. Si los algoritmos son entrenados con datos históricos que reflejan sesgos o desigualdades preexistentes, la tecnología puede perpetuar patrones de discriminación contra grupos por género, edad, origen o discapacidad. La cantidad de información que la IA maneja sobre la vida personal, sindical o política de los aspirantes a puestos de trabajo, plasmada en redes y datos sensibles, puede dar lugar a una “forma moderna” de las listas negras históricamente utilizadas para excluir trabajadores, un claro ejemplo de sesgo fue el caso de Amazon en 2014, donde una IA en procesos de selección terminó privilegiando la contratación de hombres porque le daba menos importancia al curriculum vitae que incluían la palabra “mujer”, demostrando una falta de moralidad y ética en el sistema.
La IA generativa (LLM) no solo amenaza la mano de obra no calificada; también a la calificada puesto que el 53% del empleo asalariado registrado del sector privado en Argentina se distribuye en ocupaciones con un grado de exposición alto (50% o más) a estas aplicaciones. Las ocupaciones más expuestas son las asociadas a profesionales científicos e intelectuales, empleados de oficina y técnicos, según los datos de sus bases.
“La opacidad del Algoritmo“
Un desafío ético central es la opacidad del algoritmo o el fenómeno de las “cajas negras”. La IA a menudo llega a conclusiones (sobre rendimiento, asignación de tareas, o despido) sin que el proceso sea rastreable ni comprensible para el trabajador.
Esta falta de transparencia y explicabilidad impide el derecho de defensa y el cuestionamiento de decisiones arbitrarias.
Frente a un el despido – por ejemplo –, empresas como Xsolla o Amazon han utilizado algoritmos de rendimiento para clasificar y desvincular empleados de manera masiva, sin intervención humana efectiva, demostrando que el costo de asumir errores algorítmicos puede ser menor para el empleador que el costo de la supervisión humana, porque no existe legislación que regule eso.
El derecho a la desconexión
El debate ético exige poner límites a la automatización invasiva. En el contexto de la hipervigilancia y el trabajo fragmentado, el “derecho a desconexión” se vuelve una propuesta fundamental para proteger la autonomía y la intimidad del trabajador, estableciendo límites al control fuera del horario laboral.
El rol sindical y la defensa colectiva – El Estado Nacional debe impulsar una distribución equitativa de las ganancias de productividad explicada por la IA, y el fortalecimiento de la negociación colectiva es la herramienta más potente para lograrlo.
Amenaza y desplazamiento de la negociación colectiva
La propuesta de utilizar IA para reformar convenios colectivos, sugiriendo soluciones algorítmicas que desplacen la negociación tradicional entre sindicatos y empleadores, representa una amenaza directa a los principios fundamentales del diálogo social tripartito (estado, empresarios, sindicatos). Desde una perspectiva gremial, esto se interpreta como un intento de vaciamiento del poder sindical y de automatización tecnocrática de decisiones, despojando a los trabajadores de su derecho a negociar colectivamente. La OIT promueve este tipo de diálogo, los especialistas señalan que reforzar la negociación colectiva a través de los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) es la herramienta más potente para organizar los nuevos procesos laborales y lograr una distribución equitativa de las ganancias de productividad generadas por la IA.
Desafíos de representación
Los sindicatos tradicionales enfrentan desafíos para representar a los trabajadores de plataformas por dos motivos, la Ley de Asociaciones Sindicales (Ley 23.551) tiene dificultades para otorgar personería jurídica a organizaciones que no agrupen a trabajadores reconocidos como dependientes; por otro lado, se requiere que los sindicatos se adecuen a las nuevas necesidades y que sean incorporados en el diseño de políticas tecnológicas, ya que son ellos quienes mejor conocen el impacto real de la IA en cada actividad u oficio (o por lo menos deberían).
Los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) son cruciales para organizar los nuevos procesos laborales y el vínculo entre trabajadores y la IA. Como ejemplo del desafío que afrontan los sindicatos, fue lo sucedido con el conflicto por los derechos de autor (Hollywood), donde la huelga del sindicato de guionistas y actores de Hollywood en 2023 puso en relieve la preocupación por el reemplazo de empleos. Los guionistas temen que bots como ChatGPT escriban guiones completos, y los actores luchan por el derecho a su imagen y voz ante la capacidad de los algoritmos de crear imágenes digitales. Por ello, en definitiva, para llenar los vacíos legales y garantizar una protección efectiva del trabajador argentino, se necesitan modificaciones urgentes en la legislación, siempre bajo el mandato constitucional de proteger al dependiente (art. 14 bis CN).
CONCLUSIÓN
La IA se presenta en Argentina como una herramienta con la capacidad de impulsar la eficiencia, pero que en la práctica amplía la precariedad y las desigualdades sociales al desdibujar las fronteras del trabajo dependiente y el autónomo en la actualidad. La legislación actual es insuficiente. La LCT no logra proteger al trabajador ante el despido decidido por un algoritmo opaco, ni ante la hipervigilancia que vulnera su intimidad. La urgencia regulatoria no puede limitarse a promover la innovación, sino que debe enfocarse en dictar una ley integral de IA que ampare y proteja efectivamente los derechos laborales, evitando que la automatización profundice las desigualdades. La defensa de la dignidad y la subsistencia exige que se implementen urgentemente propuestas jurídicas sólidas: desde garantizar el derecho a la intervención humana y la explicabilidad en las decisiones algorítmicas, hasta fortalecer el rol sindical para que se pueda negociar colectivamente la implementación de esta tecnología. La IA no debe ser una excusa para despojar a los trabajadores de su derecho a la defensa y a la negociación, sino que debe estar al servicio de la equidad social.
